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El consejo insular de caza acuerda cerrar una semana antes el periodo de apertura de veda
Tras la reunión mantenida esta mañana, el Consejo Insular de Caza de la isla decidió por unanimidad dirigirse al Consejo Regional de Caza de Canarias y a la Dirección General de Planificación Ambiental del Gobierno Autónomo para solicitar que se revisen las fechas propuestas y ya publicadas en el Boletín Oficial de Canarias, y de esta manera reducir en una semana el periodo de apertura de veda. El Consejo Insular de Caza pedirá que la veda de caza con escopeta se cierre el día 9 de noviembre en lugar del día 16, que era la fecha inicialmente prevista tal como estaba previsto.
El vicepresidente del Cabildo de Lanzarote y presidente del Consejo Insular de Caza, Mario Pérez, manifestó que se había optado por “una solución de consenso, y hemos aceptado que se abra la veda con escopeta el 24 de agosto, siempre que se pueda cerrar una semana antes, es decir, el 9 de noviembre”. Pérez realizó estas declaraciones al término del Consejo, e indicó que aunque Lanzarote había solicitado que se retrasara la apertura al día 31 de agosto, finalmente, para evitar un traslado masivo de cazadores a islas vecinas como la de Fuerteventura, “se decidió mantener la fecha del 24 como la más idónea para la apertura de la veda”.
“Aún así”, continuó el Vicepresidente y Consejero de Caza, “dadas las especiales características geográficas y climáticas de Lanzarote y teniendo en cuenta las características biológicas y de cría de las especies cinegéticas de la isla, vamos a solicitar la Dirección General de Planificación Ambiental que modifique la fecha de finalización de la veda y que la adelante en una semana, manteniendo de esa forma el número total de días de caza que Lanzarote había propuesto en un principio. Nuestro deber es preservar la riqueza cinegética de la isla, y en ese sentido se ha tomado esta decisión”.
Por tanto, conociendo que las especies cinegéticas autorizadas en Lanzarote son el conejo, la perdiz moruna, la paloma bravía y la tórtola, el calendario de caza queda de la siguiente forma:
Del 3 de agosto al 16 de noviembre, ambos inclusive, se podrá cazar el conejo los jueves y domingo, con perro y hurón pero sin escopeta. Del 24 de agosto al 9 de noviembre, ambos inclusive, se podrán cazar el resto de especies autorizadas (excepto el conejo) con perro y escopeta. Los jueves de este periodo solo se podrá cazar el conejo sin arma de fuego.
Los cazadores habrán de tener en cuenta que no se consideran días hábiles de caza los festivos que no coincidan con jueves o domingo, con independencia de su carácter nacional, autonómico o local.
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